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Yonnatan Santos Preste

Hasta el 31 de julio se puede declarar movimiento de semillas ante INASE



El Instituto Nacional de Semillas (INASE), recuerda los nuevos períodos de declaración de movimientos de semilla: siendo, desde el 1º de febrero al 31 de julio y del 1º de agosto al 31 de enero, y se mantiene el plazo de 5 días hábiles posteriores a la fecha de cierre del período para realizar el informe a través del sistema online. Por lo tanto, el plazo para realizar las declaraciones de movimientos -o no movimientos- del actual período es hasta el 31 de julio de 2023, sumando una prórroga hasta el 7 de agosto de 2023. La declaración es obligatoria y pasible de sanción en caso de no ser veraz o incumplir con el plazo para su presentación. Deben realizarla empresas que:

- cuentan con plantas de procesamiento fijas y/o móviles

- importan y venden semillas

- producen y venden semillas

La reventa de semilla no debe ser declarada. Así como tampoco las especies hortícolas y el cáñamo. Para mayor información de cómo y qué declarar consultar el instructivo de declaraciones de movimientos. Por más información o consultas: Joaquín Flores: jflores@inase.uy | 098 166 000.


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